Procedimientos acordados (certificados de hechos concretos)

Los certificados de procedimientos acordados no es otra que la aplicación de procedimientos acordados con el cliente y, si procede, con terceros interesados, informando sobre los hechos detectados.

Por su propia naturaleza, el abanico de situaciones en que este trabajo resulta aplicable es muy amplio, siendo habitual su utilización para cubrir exigencias de entidades adscritas a sistemas de gestión de residuos (declaración de envases, aparatos eléctricos o electrónicos, etc.) o en encargos en los cuales se pide realizar determinadas pruebas para comprobar, por ejemplo, el coste de producción de una película o las ventas o consumos de biocarburantes.

Los procedimientos acordados más habituales son:

  • Procedimientos acordados sobre información financiera.
  • Cantidades de cada tipo de aparato eléctrico y electrónico puesto en el mercado por los productos adheridos a los sistemas integrados de gestión (RD 208/2005, de 25 de febrero).
  • Ratios ligados a contratos de financiación o de adquisición.
  • Declaraciones de envases a Ecoembes.
  • Indicadores de transparencia y buen gobierno de las ONG de desarrollo.

Asimismo, la realización de procedimientos acordados también nos permitirían dar respuesta a las siguientes preguntas:

  • ¿La estructura financiera de la empresa es adecuada?
  • ¿Tenemos falta de tesorería?
  • ¿Merece la pena endeudarse?
  • ¿Nuestros márgenes son similares a los del sector?
  • ¿Los ratios de liquidez o solvencia son adecuados?

 
 
 
 
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